Lo definió la Inspección General de Justicia (IGJ). La normativa había sido establecida durante el Gobierno de Alberto Fernández y había recibido fallos adversos de la Justicia.

La Inspección General de Justicia (IGJ) eliminó las resoluciones que exigían paridad de género en los órganos directivos de asociaciones civiles, fundaciones y sociedades comerciales, que habían sido establecidas durante el Gobierno de Alberto Fernández.

La medida se conoció este jueves mediante la Resolución General 13/2024, publicada en el Boletín Oficial.

Estas resoluciones, implementadas en agosto de 2020 bajo los números 34/2020 y 35/2020, exigían que las entidades mencionadas incluyeran en sus órganos de administración y fiscalización una cantidad igual de hombres y mujeres, o en su defecto, una composición mixta.

Además, se establecía que las entidades ya inscriptas debían aplicar esta normativa en sus futuras designaciones.

Sin embargo, estas medidas fueron cuestionadas judicialmente por varios administrados, argumentando que la IGJ había excedido sus facultades al imponer normas imperativas en esta materia.

Tribunales de alzada declararon la invalidez de estas normas, señalando que la competencia para legislar sobre estas cuestiones corresponde al Congreso de la Nación.

Las resoluciones judiciales que invalidaron las medidas de la IGJ por el momento no fueron revocadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que la IGJ ha decidido derogarlas para evitar conflictos jurídicos y respetar la validez de las sentencias judiciales, que están firmes porque sus apelaciones fueron denegadas y se recurrió con recursos extraordinarios a la Corte.

La resolución está firmada por el inspector general de Justicia, Daniel Roque Vitolo.